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Calendario Contable 2026: Fechas clave que toda Pyme debe respetar

DOCUMENTOS TRIBUTARIOS

Calendario Contable 2026: Fechas clave que toda Pyme debe respetar

Maggie Espinoza

POR:

Maggie Espinoza

ACTUALIZADO:

viernes, 23 de enero de 2026

Llevar una contabilidad ordenada no solo permite cumplir con la ley, sino también anticiparse a errores, facilitar la planificación financiera y evitar sanciones. Cada año, el Servicio de Impuestos Internos (SII) publica el calendario oficial para la presentación de las Declaraciones Juradas (DDJJ) y el Formulario 22, que en conjunto componen el corazón de la Operación Renta.

En este artículo te explicamos qué documentos debes presentar, cuáles aplican a tu Pyme y qué fechas debes marcar desde ya para que el Año Tributario 2026 no te tome por sorpresa.

¿Qué son las Declaraciones Juradas?

Las Declaraciones Juradas (DDJJ) son informes obligatorios que las empresas deben entregar al SII antes de presentar su Declaración de Renta. Informan sobre sueldos, honorarios, retiros, dividendos, intereses, donaciones y muchas otras operaciones.

Estas declaraciones permiten al SII cruzar información. Si informas haber pagado $10 millones en sueldos, pero tus trabajadores solo declaran $8 millones, el sistema detectará la inconsistencia.

Las más comunes para pymes incluyen:

  • DJ 1887: Para informar sueldos pagados a trabajadores dependientes.

  • DJ 1879: Para reportar pagos a prestadores de servicios con boleta de honorarios.

  • DJ 1948: Para empresas en régimen Pro Pyme General (14 D3), informando retiros, dividendos u otras distribuciones.

  • DJ 1947: Para empresas en régimen Pro Pyme Transparente (14 D8), informando la base imponible atribuida a los socios.

Novedades 2026: Criptoactivos y leasing bajo la lupa

A partir de este año tributario, el SII ha incorporado nuevas declaraciones para empresas que operan con activos digitales, criptomonedas o bienes en leasing. Esto responde a los compromisos internacionales de transparencia tributaria (CARF).

Nuevas DJ relevantes:

  • DJ 1961: Para informar bienes bajo contrato de leasing.

  • DJ 1963 y 1964: Para informar operaciones con activos digitales o clientes que participan en plataformas de criptoactivos.

Si tu empresa presta servicios digitales o actúa como proveedor de wallets o exchanges, debes revisar estas nuevas obligaciones.

Fechas clave para el Año Tributario 2026 (según SII)

El 25 de septiembre de 2025, el SII publicó la Resolución Exenta N°123, que fija el calendario oficial de vencimiento de DDJJ. Estas son las fechas principales:

🔹 30 de enero

• DJ N°1959 – Declaraciones especiales de cierre fiscal.

🔹 3 de marzo

• Formularios 1811, 1822, 1834, 1891, 1900, 1902, 1903 – Declaraciones sobre retenciones e intermediarios.

🔹 9 de marzo

• Formularios 1896, 1898, 1957 – Informes de operaciones con terceros y uso de recursos.

🔹 16 de marzo

• Formularios 1870, 1871, 1873, 1890 y 1948 (para sociedades anónimas abiertas) – Información de empresas con estructuras complejas.

🔹 20 de marzo

• Formulario 1922 – Declaración para administradoras de fondos de inversión.

🔹 23 de marzo

• Formularios 1812, 1832, 1862, 1895, 1897, 1899, 1904, 1909, 1914, 1919, 1932, 1949, 1955 – Informes de terceros y operaciones activas.

🔹 24 de marzo

• Formularios 1828, 1835, 1874, 1889, 1894 y 1948 (para sociedades con personas jurídicas).

🔹 27 de marzo

• DJ 1887 – Declaración de sueldos.

• DJ 1879 – Declaración de honorarios.

👉 Estas son las más relevantes para Pymes.

🔹 30 de marzo

• Formulario 1922 – Declaración de instituciones financieras y corredores de bolsa.

🔹 5 de mayo

• DJ 1962 – Declaraciones relacionadas con leasing y activos financieros.

🔹 15 de mayo

• DJ 1837 – Información sobre operaciones financieras varias.

🔹 Junto con el Formulario 22

• Formularios 1947 y 1948 – Para empresarios individuales.

🔹 30 de junio

• Formularios 1847, 1960, 1961, 1963, 1964 – Nuevas obligaciones sobre leasing y activos digitales (criptomonedas, CARF, etc.).

🔹 31 de julio

• DJ 1959 (segunda fecha) – Presentaciones diferidas.

👉 ¿No tienes claro si estás bajo el régimen Pro Pyme 14 D3 o 14 D8? En nuestro artículo sobre Régimen Pro Pyme te explicamos cuál elegir y cómo cumplir con tus obligaciones.

¿Y la Operación Renta?

Una vez entregadas las DDJJ, puedes presentar tu Formulario 22 (la Declaración de Renta). El proceso comienza a inicios de abril:

  • Primera semana de abril: Inicio del proceso en sii.cl

  • 20 de abril: Fecha límite para recibir la devolución anticipada

  • 30 de abril: Vencimiento general del Formulario 22

  • Junio: Pago de devoluciones tardías o vía cheque

Recordatorio: IVA mensual no se detiene

Aunque estemos en "modo Renta", las obligaciones mensuales se mantienen. El Formulario 29 para declarar el IVA tiene dos fechas:

  • 12 de cada mes: Vencimiento general

  • 20 de cada mes: Para facturadores electrónicos sin deuda pendiente

👉 ¿Sabes cómo revisar que tu Formulario 29 esté cuadrado? En nuestra guía del Registro de Compras y Ventas (RCV) te mostramos paso a paso cómo revisar, reclasificar y evitar errores comunes.

Conclusión

El cumplimiento tributario no es solo cosa de abril: comienza en enero con la preparación de tus Declaraciones Juradas. Para una Pyme, tener un calendario contable claro y actualizado puede marcar la diferencia entre una operación fluida y una con multas, rechazos o devoluciones demoradas.

En Contable te ayudamos a planificar el año tributario completo, revisando tus DJJ, conciliando tus libros contables y acompañándote en la presentación del Formulario 22. Si necesitas apoyo para cumplir con tus plazos este 2026, estás a tiempo de ordenar tus procesos y evitar sorpresas.

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