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Elegir mal el código afecta tus obligaciones tributarias y los permisos que necesitas. Cuéntanos qué hace tu negocio y un contador te dice cuál declarar.
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El SII tiene 4 códigos de actividad económica para actividades de producción de películas cinematográficas, videos y programas de televisión, dentro de Información y Comunicaciones. Elige el que describa mejor lo que hace tu negocio.
| Código | Actividad | IVA | Categoría | Internet |
|---|---|---|---|---|
| 591100 | Actividades de Producción de Películas Cinematográficas, Videos y Programas de Televisión | Exento | Gª | Sí |
| 591200 | Actividades de Postproducción de Películas Cinematográficas, Videos y Programas de Televisión | Exento | Gª | Sí |
| 591300 | Actividades de Distribución de Películas Cinematográficas, Videos y Programas de Televisión | Afecto | 1ª | Sí |
| 591400 | Actividades de Exhibición de Películas Cinematográficas y Cintas de Video | Exento | Gª | Sí |
Ojo: estos códigos no comparten el mismo régimen. Algunos están afectos a IVA y otros exentos. Tampoco coinciden en categoría tributaria. Revisa la tabla de arriba antes de declarar, porque la elección cambia qué formularios te corresponden.
Lo de arriba aplica al código 591100; los demás pueden diferir.
El código de actividad económica —el "giro"— se declara al iniciar actividades ante el SII. Define si emites documentos afectos o exentos, y también si tu domicilio tributario necesita patente municipal: hay giros que una municipalidad no autoriza en zona habitacional. Puedes declarar más de un giro si tu negocio hace varias cosas.
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