Regulariza tu Situación Tributaria en el SII
Declaraciones atrasadas, multas acumuladas o deuda con el SII: te ponemos
al día de forma ordenada, gestionando condonaciones y convenios de pago
para que el costo sea el menor posible.
¿No declaraste el IVA? Esto pasa con tu F29 atrasado
Si no presentaste el F29 de uno o más meses, el SII te marca como No
Declarante y te notifica. Si no regularizas, se genera una anotación
por Inconcurrente a Operación IVA que bloquea trámites como el
timbraje y la emisión de certificados. Y ojo: esto corre igual si tu empresa
no tuvo movimiento — el F29 en cero también es
obligatorio, y acá explicamos cómo declarar el F29 sin movimiento paso a paso.
La declaración fuera de plazo se puede presentar en línea, pero conviene
hacerlo con un plan: el orden en que declaras, rectificas y pides
condonación cambia cuánto terminas pagando.
Multas del SII: cuánto cuestan y cómo reducirlas
Las multas por declarar fuera de plazo están definidas en el Código
Tributario y crecen con el tiempo de atraso. Si tu caso es puntualmente el
IVA, el detalle está en qué arriesgas por no declarar el F29:
| Situación | Sanción |
| Declaración con impuesto adeudado (ej: F29 con IVA a pagar) | 10% del impuesto los primeros 5 meses, luego +2% por mes, con tope de 30% |
| Si la omisión la detecta el SII en fiscalización | El tope sube a 60% |
| Intereses moratorios | Se suman por cada mes o fracción de atraso, sobre el impuesto reajustado por IPC |
| Declaración sin impuesto a pagar (ej: F29 en cero fuera de plazo) | Multa a beneficio fiscal expresada en UTM, según el caso |
La clave está en el timing: regularizar voluntariamente — antes de
que el SII te fiscalice — reduce el tope de la multa a la mitad, y
sobre lo que quede se puede pedir condonación (en línea o
vía Formulario 2667), que suele ser mayor por el canal digital y con buen
historial de cumplimiento.
¿Quieres un número concreto? Usa nuestra
calculadora de multas e intereses del SII para estimar cuánto debes hoy y cuánto crecería tu deuda si sigues esperando.
Convenio de pago con la Tesorería: paga tu deuda en cuotas
Si la deuda ya está en cobranza de la Tesorería General de la República,
puedes suscribir un convenio de pago en cuotas. Al
suscribirlo se suspenden las acciones de cobranza (incluidos
embargos y retención de devoluciones de impuestos) y puedes acceder a
condonación de parte de los intereses y multas. Desde 2026 rige además un
nuevo sistema de intereses para deudas tributarias que cambia cuánto crece lo que debes.
El error común es suscribir el convenio antes de revisar las declaraciones:
si hay períodos mal declarados, conviene rectificar primero para que la
deuda que convenias sea la correcta — y muchas veces, menor. Ese es
exactamente el orden que revisamos en el diagnóstico. Si quieres entender
antes cómo funcionan, detallamos la condonación del SII y el convenio de pago en Tesorería.
¿Declaración de renta atrasada? El F22 también se regulariza
Los años tributarios sin declarar renta (F22) generan las mismas
consecuencias: multas, intereses y anotaciones. Además, mientras no
declares, pierdes acceso a devoluciones que podrían corresponderte y
arrastras observaciones que complican los años siguientes. Presentamos las
rentas pendientes de años anteriores y corregimos las observaciones que
hayan quedado en el camino.
Observaciones del SII: qué significan y cómo levantarlas
Cuando el SII cruza tu declaración con la información que le reportaron
terceros —bancos, empleadores, proveedores— y encuentra diferencias, marca
la declaración con una observación: un código que señala
qué dato no le cuadra. Mientras esté vigente, la devolución queda retenida
y el período no se considera resuelto.
No es lo mismo que una anotación. La observación cuelga de
una declaración puntual; la anotación es una marca en tu registro de
contribuyente que bloquea trámites como el timbraje de documentos o la
emisión de certificados. Una observación que nadie resuelve termina, con el
tiempo, generando anotaciones.
Levantarlas no es responder por responder: hay que identificar qué
información generó la diferencia, reunir el respaldo que la explica y, si
corresponde, rectificar el período. Responder sin el respaldo correcto
suele terminar en una citación. Revisamos tus observaciones vigentes,
armamos el respaldo y presentamos la respuesta o la rectificatoria.