¿No sabes qué giro te corresponde?
Te ayudamos a elegirlo
Elegir mal el código afecta tus obligaciones tributarias y los permisos que necesitas. Cuéntanos qué hace tu negocio y un contador te dice cuál declarar.
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El SII tiene 2 códigos de actividad económica para publicidad, dentro de Actividades Profesionales, Cientificas y Técnicas. Elige el que describa mejor lo que hace tu negocio.
| Código | Actividad | IVA | Categoría | Internet |
|---|---|---|---|---|
| 731001 | Servicios de Publicidad Prestados por Empresas | Afecto | 1ª | Sí |
| 731002 | Servicios de Publicidad Prestados por Profesionales | Exento | Gª | Sí |
Ojo: estos códigos no comparten el mismo régimen. Algunos están afectos a IVA y otros exentos. Tampoco coinciden en categoría tributaria. Revisa la tabla de arriba antes de declarar, porque la elección cambia qué formularios te corresponden.
Lo de arriba aplica al código 731001; los demás pueden diferir.
El código de actividad económica —el "giro"— se declara al iniciar actividades ante el SII. Define si emites documentos afectos o exentos, y también si tu domicilio tributario necesita patente municipal: hay giros que una municipalidad no autoriza en zona habitacional. Puedes declarar más de un giro si tu negocio hace varias cosas.
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