En 2026, el ingreso mínimo y las cotizaciones previsionales son dos de los puntos que más fiscalización generan en Pymes. Un error típico es “completar” el mínimo con bonos o pagar imposiciones con una base imponible mal calculada. Eso puede terminar en multas, diferencias retroactivas y, en el peor escenario, en un despido declarado nulo por cotizaciones impagas.
En este artículo te dejamos los montos vigentes, la regla del sueldo base, qué debes considerar para cotizaciones y qué sanciones aplican si no cumples.
👉 Si estás contratando o actualizando condiciones, revisa Contrato de Trabajo: tipos y obligaciones para Pymes, con los plazos y puntos mínimos que deben quedar por escrito.
1) Sueldo mínimo 2026: montos vigentes (febrero 2026)
Según la normativa vigente, los montos del ingreso mínimo mensual (IMM) son:
Trabajadores entre 18 y 65 años: $539.000.
Menores de 18 y mayores de 65 años: $402.082.
Ingreso mínimo “para fines no remuneracionales”: $347.434.
Importante: estos montos se aplican a jornada completa. Si la jornada es parcial, el mínimo se calcula proporcionalmente.
2) Sueldo base vs. sueldo mínimo: la regla que más multas genera
No basta con que el “total haberes” llegue al mínimo. La regla clave es:
- El sueldo base (pago fijo por la jornada ordinaria) no puede ser inferior al ingreso mínimo mensual. Esto está en el Código del Trabajo (definición de “sueldo”/“sueldo base”) y ha sido reiterado por la Dirección del Trabajo.
Ejemplo típico de error: “Base $500.000 + bono asistencia $39.000 = $539.000”.
Si el sueldo base queda bajo el mínimo, igual hay infracción, aunque sumando bonos se alcance el IMM.
Qué hacer si estás bajo el mínimo: normalmente corresponde anexo de contrato ajustando el sueldo base (y luego recalcular la liquidación).
3) Cotizaciones previsionales: obligación del empleador y dónde se equivoca la mayoría
Como empleador, tú tienes dos responsabilidades simultáneas:
Descontar y enterar las cotizaciones de cargo del trabajador (AFP/salud/AFC cuando corresponda).
Pagar las cotizaciones de cargo del empleador (por ejemplo, SIS, mutualidad, AFC empleador, etc., según aplique).
El punto crítico es la base imponible: si sube el sueldo base por ajuste al mínimo, las cotizaciones deben calcularse sobre esa remuneración imponible actualizada. Un ajuste “solo en el líquido” deja trazabilidad de incumplimiento.
Si no pagas o pagas tarde, se aplican reajustes, intereses y multas conforme al régimen de cobranza de cotizaciones.
4) Semana corrida (si hay comisiones o remuneración variable)
Si tienes trabajadores con remuneración variable devengada día a día (por ejemplo, comisiones diarias, trato), puede aplicar el derecho a semana corrida, que obliga a pagar domingos y festivos en base a un promedio de esas remuneraciones variables. Esto está regulado en el Código del Trabajo (art. sobre semana corrida).
Error típico: pagar comisiones, pero no calcular/pagar semana corrida cuando corresponde.
5) Multas y consecuencias por no cumplir
Multas de la Dirección del Trabajo
Las multas administrativas se expresan en UTM y el rango general puede ir desde 3 a 60 UTM, dependiendo del tamaño de empresa y del tipo de infracción (referencia habitual del marco sancionatorio).
Diferencias retroactivas y reclamos
Si pagaste bajo el mínimo (o mal calculado), normalmente el riesgo práctico es: reliquidaciones, diferencias y fiscalización ante reclamo.
“Ley Bustos”: despido nulo por cotizaciones impagas
Si despides a un trabajador sin tener pagadas íntegramente sus cotizaciones, el despido puede declararse nulo, obligándote a seguir pagando remuneraciones hasta regularizar. Esto se regula en la norma conocida como “Ley Bustos” (art. 162).
Cobranza judicial
Las instituciones previsionales están obligadas a perseguir el pago, y el sistema de cobro contempla recargos e intereses conforme a la normativa aplicable.
👉 Si te lo piden para licitaciones o subcontratos, aquí explicamos cómo obtener el Certificado de Deudas Previsionales: cuándo lo exigen y cómo sacarlo.
Checklist rápido (mensual) para no fallar en 2026
Verificar que el sueldo base en contrato/liquidación sea ≥ ingreso mínimo vigente.
Recalcular base imponible y cotizaciones si hubo reajustes.
Revisar si corresponde semana corrida cuando hay remuneración variable.
Confirmar pago de cotizaciones dentro de plazo y guardar respaldos (Previred/transferencias/comprobantes).
Conclusión
El sueldo mínimo 2026 no se “completa” con bonos: el sueldo base debe cumplir el piso legal. Y si el sueldo base sube, las cotizaciones deben seguir ese ajuste. Ordenar estos dos puntos reduce casi todos los riesgos típicos: multas, diferencias retroactivas, cobranza y conflictos laborales.
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