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Calculadora de Aguinaldo México 2026
Calcula cuánto te toca de aguinaldo según la Ley Federal del Trabajo: los 15 días de ley (o los que dé tu empresa), el proporcional si no trabajaste el año completo, y cuánto ISR te retienen. Gratis y al instante.
Cómo se calcula el aguinaldo, paso a paso
- Salario diario: tu sueldo mensual entre 30. Con $15,000 al mes, tu salario diario es $500.
- Días de aguinaldo: mínimo 15 por ley (art. 87 LFT). Tu contrato o prestaciones pueden dar más.
- Proporcional: si no trabajaste el año completo, multiplica por los días trabajados entre 365.
- ISR: los primeros $3,519.30 (30 UMA) están exentos; el resto es gravado y tu nómina le retiene ISR.
Fórmula completa: (sueldo ÷ 30) × días de aguinaldo × (días trabajados ÷ 365)
Tabla de aguinaldo 2026 por sueldo (15 días, año completo)
| Sueldo mensual | Aguinaldo bruto | Exento | Gravado | ISR estimado | Aguinaldo neto |
|---|---|---|---|---|---|
| $8,000.00 | $4,000.00 | $3,519.30 | $480.70 | $52.30 | $3,947.70 |
| $10,000.00 | $5,000.00 | $3,519.30 | $1,480.70 | $161.10 | $4,838.90 |
| $12,000.00 | $6,000.00 | $3,519.30 | $2,480.70 | $269.90 | $5,730.10 |
| $15,000.00 | $7,500.00 | $3,519.30 | $3,980.70 | $713.34 | $6,786.66 |
| $18,000.00 | $9,000.00 | $3,519.30 | $5,480.70 | $1,170.68 | $7,829.32 |
| $20,000.00 | $10,000.00 | $3,519.30 | $6,480.70 | $1,384.28 | $8,615.72 |
| $25,000.00 | $12,500.00 | $3,519.30 | $8,980.70 | $1,918.28 | $10,581.72 |
| $30,000.00 | $15,000.00 | $3,519.30 | $11,480.70 | $2,452.28 | $12,547.72 |
| $40,000.00 | $20,000.00 | $3,519.30 | $16,480.70 | $3,876.26 | $16,123.74 |
| $50,000.00 | $25,000.00 | $3,519.30 | $21,480.70 | $5,052.26 | $19,947.74 |
| $60,000.00 | $30,000.00 | $3,519.30 | $26,480.70 | $7,944.21 | $22,055.79 |
| $80,000.00 | $40,000.00 | $3,519.30 | $36,480.70 | $10,944.21 | $29,055.79 |
| $100,000.00 | $50,000.00 | $3,519.30 | $46,480.70 | $13,944.21 | $36,055.79 |
Supuestos: 15 días de aguinaldo, año completo trabajado, retención ISR estimada con el método del art. 174 RLISR y tarifa mensual 2026.
Preguntas frecuentes sobre el aguinaldo
¿Cuánto es el aguinaldo mínimo por ley en México?
El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece un mínimo de 15 días de salario, pagaderos antes del 20 de diciembre. Si trabajaste menos de un año, te corresponde la parte proporcional a los días trabajados. Muchas empresas otorgan más de 15 días como prestación superior — el mínimo es piso, no techo.
¿Cómo se calcula el aguinaldo proporcional?
Divide tu sueldo mensual entre 30 para obtener el salario diario, multiplícalo por los días de aguinaldo (mínimo 15) y por la fracción del año trabajada (días trabajados ÷ 365). Ejemplo: con sueldo de $12,000 y 6 meses trabajados, el salario diario es $400 y el aguinaldo proporcional queda en $400 × 15 × (182÷365) ≈ $2,992.
¿El aguinaldo paga ISR?
Solo en parte. El artículo 93 fracción XIV de la Ley del ISR exenta hasta 30 UMA diarias: en 2026 son $3,519.30 (30 × $117.31). Lo que exceda ese monto es ingreso gravado y tu empleador le retiene ISR, normalmente con el método del artículo 174 del Reglamento, que arroja una retención menor que sumar todo el aguinaldo al sueldo del mes.
¿Cuándo deben pagarme el aguinaldo?
A más tardar el 19 de diciembre (la ley dice "antes del día 20 de diciembre"). Aplica a todo trabajador con relación laboral formal, incluyendo quienes están en periodo de prueba, incapacidad por maternidad o riesgo de trabajo. No aplica a quienes facturan por honorarios (régimen de servicios profesionales), porque no tienen relación laboral.
¿Qué hago si no me pagan el aguinaldo o me pagan menos?
Puedes reclamar ante la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) — la asesoría es gratuita. Tienes un año a partir del 20 de diciembre para exigirlo. La multa para el empleador que incumple va de 50 a 5,000 UMA por trabajador afectado.
¿El aguinaldo se calcula con bonos y comisiones?
Se calcula con el salario diario ordinario. Si tu ingreso es variable (comisiones, destajo), se usa el promedio diario de lo percibido en el último año (o del tiempo trabajado si es menor). Las prestaciones como vales de despensa o fondo de ahorro no entran a la base del aguinaldo.
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