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Prima Vacacional en México 2026

Es el 25% extra sobre el salario de tus días de vacaciones, y es un mínimo legal que muchos contratos superan. Calcula cuánto te corresponde según tu antigüedad y cuánto queda exento de ISR.

Prima mínima: 25% · exento hasta $1,759.65 (15 UMA) · valores en pesos mexicanos (MXN)
$
Si te pagan por mes, divide entre 30
Revisa tu contrato: puede ser mayor

Cómo se calcula

  1. Días que te tocan: según tu antigüedad, con la tabla del art. 76 reformado. Al primer año son 12 días.
  2. Pago de vacaciones: salario diario × días.
  3. Prima vacacional: 25% sobre ese pago. Es el piso legal; si tu contrato da más, usa ese porcentaje.
  4. ISR: queda exenta la parte que no supere 15 UMA diarias ($1,759.65). El excedente se grava.
No confundas prima vacacional con prima de antigüedad. La vacacional es el 25% sobre tus vacaciones y se paga cada año. La de antigüedad son 12 días de salario por año trabajado y solo aparece al terminar la relación laboral, con reglas distintas.

Prima vacacional por antigüedad

Con un salario diario de $500.00 y el 25% mínimo de ley:

Años cumplidos Días de vacaciones Pago de vacaciones Prima vacacional
1 12 $6,000.00 $1,500.00
2 14 $7,000.00 $1,750.00
3 16 $8,000.00 $2,000.00
4 18 $9,000.00 $2,250.00
5 20 $10,000.00 $2,500.00
6 22 $11,000.00 $2,750.00
7 22 $11,000.00 $2,750.00
8 22 $11,000.00 $2,750.00
9 22 $11,000.00 $2,750.00
10 22 $11,000.00 $2,750.00
11 24 $12,000.00 $3,000.00
12 24 $12,000.00 $3,000.00

Con este salario la prima queda por debajo del tope exento de $1,759.65, así que no paga ISR. Salarios más altos sí generan una parte gravada.

Errores comunes con la prima vacacional

  • Usar la tabla anterior a 2023. Antes de la reforma el primer año daba 6 días; ahora son 12. Con la tabla vieja la prima sale a la mitad.
  • Creer que reemplaza el pago de vacaciones. Son dos conceptos: te pagan los días de vacaciones y además el 25% encima.
  • Pensar que el 25% es un techo. Es el mínimo legal. Revisa tu contrato antes de aceptar el cálculo del patrón.
  • Olvidarla en el finiquito. Si te vas sin tomar vacaciones, la prima proporcional también se paga.
  • Confundirla con la prima de antigüedad. Son 12 días por año trabajado, se paga al terminar la relación y tiene reglas propias.

Preguntas frecuentes sobre la prima vacacional

¿Qué es la prima vacacional y cuánto es?

Es un pago extra del 25% sobre el salario de los días de vacaciones que te corresponden (art. 80 de la Ley Federal del Trabajo). No reemplaza el pago de las vacaciones: se suma. Con un año de antigüedad y $500.00 de salario diario son $1,500.00.

¿El 25% es fijo?

Es el mínimo legal, no un tope. Muchos contratos colectivos y políticas internas pactan primas del 30%, 50% o más. Si tu contrato dice un porcentaje mayor, ese es el que aplica; la calculadora te deja cambiarlo.

¿Cuándo me la deben pagar?

Cuando tomas tus vacaciones. Si terminas la relación laboral sin haberlas disfrutado, la prima vacacional proporcional se paga dentro del finiquito, junto con las vacaciones no gozadas.

¿Paga ISR?

Solo la parte que exceda 15 UMA diarias, que en 2026 son $1,759.65 (art. 93 fracc. XIV de la Ley del ISR). Lo que está por debajo de ese monto queda exento. La calculadora te muestra ambas partes.

¿Cuántos días de vacaciones me tocan?

Desde la reforma de Vacaciones Dignas, vigente desde 2023, son 12 días al cumplir el primer año, y suben de dos en dos hasta 20 al quinto. Del sexto en adelante aumentan dos días cada cinco años. Antes de esa reforma el primer año daba solo 6 días, así que cuidado con las tablas viejas.

¿Y si todavía no cumplo el año?

Las vacaciones se causan al cumplir el año de servicio, así que antes de eso no hay días asignados ni prima. Lo que sí ocurre es que, si te vas antes del año, en el finiquito te pagan la parte proporcional de ambas cosas.

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