Mantener un calendario tributario ordenado permite anticipar declaraciones, preparar la información contable con tiempo y reducir el riesgo de atrasos frente al Servicio de Impuestos Internos (SII).
Sin embargo, no todas las fechas publicadas por el SII corresponden a todas las empresas. Algunas Declaraciones Juradas son habituales para Pymes con trabajadores o socios, mientras que otras están dirigidas exclusivamente a bancos, administradoras de fondos, plataformas de activos digitales u otros informantes específicos.
En este artículo revisamos las principales fechas tributarias de 2026, las Declaraciones Juradas más relevantes para una Pyme, el calendario definitivo de la Operación Renta 2026 y los vencimientos mensuales del Formulario 29.
1) ¿Qué son las Declaraciones Juradas?
Las Declaraciones Juradas (DDJJ) entregan al SII información que posteriormente utiliza para preparar y validar las declaraciones de renta de contribuyentes, trabajadores, socios y otras personas.
No existe una lista única que todas las Pymes deban presentar. Las obligaciones dependen, entre otros factores, de:
régimen tributario
existencia de trabajadores
pagos de honorarios
tipo de propietarios de la empresa
retiros o distribuciones realizados
operaciones específicas efectuadas durante el año
Por eso, antes de utilizar un calendario general conviene identificar qué DDJJ corresponden efectivamente a tu empresa.
2) Declaraciones Juradas frecuentes para una Pyme
Entre las más habituales se encuentran:
DJ | Qué informa | Vencimiento AT 2026 |
1887 | Rentas de trabajadores dependientes y retenciones de Impuesto Único | 27 de marzo |
1879 | Retenciones por rentas de los artículos 42 N.º 2 y 48 de la LIR | 27 de marzo |
1947 | Base imponible, créditos y PPM de propietarios del régimen Pro Pyme Transparente | 27 de marzo para sociedades con socios personas naturales; junto al F22 para empresarios individuales |
1948 | Retiros, remesas, dividendos, distribuciones y créditos de los contribuyentes que deben informar mediante esta declaración | 16, 24 o 27 de marzo según el tipo de sociedad y la estructura de propietarios; junto al F22 para empresarios individuales |
La DJ 1948 tiene distintos vencimientos según el tipo de contribuyente: el 16 de marzo para sociedades anónimas abiertas, el 24 de marzo para sociedades con socios personas jurídicas y el 27 de marzo para sociedades con socios personas naturales. En el caso de empresarios individuales, se presenta junto con el Formulario 22.
👉 Si todavía no tienes claro qué obligaciones corresponden a tu empresa, revisa Régimen Pro Pyme 14 D3 vs. 14 D8: diferencias, requisitos y cuál elegir.
3) Nuevas Declaraciones Juradas del AT 2026
Para el Año Tributario 2026, el SII incorporó cinco nuevas Declaraciones Juradas:
DJ | Materia | Vencimiento |
1960 | Operaciones a través de Cuentas Corresponsales en Chile | 30 de junio |
1961 | Bienes entregados en leasing operativo o financiero | 30 de junio |
1962 | Información de fondos de inversión públicos o privados, fondos mutuos y saldos de partícipes o aportantes | 5 de mayo |
1963 | Activos digitales respecto de contribuyentes con residencia tributaria en el extranjero | 30 de junio |
1964 | Activos digitales respecto de contribuyentes con residencia tributaria o domicilio en Chile | 30 de junio |
Estas declaraciones no son obligaciones generales para cualquier Pyme. Están dirigidas a los contribuyentes e informantes que realizan o intervienen en las operaciones específicas contempladas en cada formulario.
¿Y la DJ 1959?
La DJ 1959 tampoco corresponde a una declaración general que deba presentar una Pyme por recibir muchas transferencias.
Esta declaración es presentada por las instituciones financieras para informar determinados abonos recibidos en cuentas, de acuerdo con el artículo 85 ter del Código Tributario.
Durante 2026, sus vencimientos son:
30 de enero: abonos registrados durante el segundo semestre de 2025
31 de julio: abonos registrados durante el primer semestre de 2026
Por lo tanto, el vencimiento de julio no corresponde a una prórroga del plazo de enero. Cada fecha informa un semestre diferente.
4) ¿Cuáles fueron las fechas de la Operación Renta 2026?
La etapa de declaración de la Operación Renta 2026 comenzó el 1 de abril.
Para quienes tenían derecho a devolución y optaron por depósito, el calendario establecido por el SII fue:
F22 presentado | Fecha de depósito |
1 al 8 de abril | 29 de abril |
9 al 23 de abril | 15 de mayo |
24 de abril al 8 de mayo | 27 de mayo |
Para las devoluciones mediante cheque, la fecha establecida fue el 29 de mayo.
En las declaraciones con pago, los vencimientos dependieron de la modalidad utilizada:
Pago Electrónico de Cuentas (PEC): hasta el 29 de abril
Pago Electrónico en Línea (PEL): hasta el 30 de abril
Además, el plazo informado para efectuar reemplazos fue el 24 de abril.
Estas fechas corresponden específicamente a la Operación Renta 2026 y no deben asumirse automáticamente para años tributarios posteriores.
5) ¿Cuándo se declara y paga el Formulario 29?
Además de las obligaciones anuales, muchas Pymes deben cumplir mensualmente con el Formulario 29 (F29), donde se declaran conceptos como IVA, Pagos Provisionales Mensuales (PPM) y determinadas retenciones.
Los vencimientos generales dependen de la forma de presentación y del resultado de la declaración:
Situación | Plazo general |
Declaración y pago bajo el plazo general | Hasta el día 12 del mes siguiente |
Determinados contribuyentes que declaran y pagan por Internet y cumplen los requisitos del SII | Hasta el día 20 |
Declaración presentada por Internet que resulta sin pago | Hasta el día 28 |
El plazo del día 20 no corresponde automáticamente a cualquier contribuyente que utilice Internet. Entre quienes pueden utilizarlo se encuentran contribuyentes de Primera Categoría que operan como facturadores electrónicos y cumplen las condiciones establecidas por el SII.
Además, los vencimientos pueden modificarse cuando existen reglas especiales para un período determinado, por lo que conviene revisar cada mes el calendario oficial antes de declarar.
👉 Para conocer el proceso completo, revisa Cómo pagar el IVA en línea en el SII: paso a paso para el F29.
6) ¿Cómo usar este calendario sin confundirse?
Un calendario tributario sirve como guía, pero no significa que una Pyme deba presentar todas las declaraciones que aparecen en él.
Para organizar las obligaciones de la empresa conviene revisar:
el régimen tributario vigente
si existen trabajadores o pagos de honorarios
quiénes son los propietarios de la empresa
si hubo retiros, dividendos o distribuciones
qué operaciones especiales se realizaron durante el año
las DDJJ que aparecen habilitadas o asociadas al contribuyente
los vencimientos mensuales de IVA, PPM y retenciones que correspondan
Esto permite trabajar con las fechas que realmente afectan a la empresa y evita presentar formularios que no corresponden.
Un calendario tributario funciona mejor cuando se revisa con anticipación
Las obligaciones tributarias de una Pyme no se concentran únicamente en abril. Durante el año existen vencimientos mensuales, Declaraciones Juradas y fechas especiales que dependen de la actividad y situación de cada empresa.
Tener identificadas esas obligaciones con anticipación permite preparar la información contable a tiempo y reducir el riesgo de declaraciones atrasadas, diferencias o multas.
En Contable.app ayudamos a las Pymes a mantener ordenada su contabilidad y sus obligaciones tributarias, para que cada declaración se prepare con información actualizada y dentro de los plazos correspondientes.







